Téngaseen cuenta que la referencia al artículo 65.4.b) debe entenderse hecha al artículo 65.4.o), conforme establece la disposición final tercera del presente Reglamento, introducida por el apartado diez del artículo único del R.D. 965/2006, de 1 de septiembre, por el que se modifica el Reglamento General de Circulación, aprobado por R.D.

Eldelito de fuga o abandono del lugar del accidente. El delito de fuga se encuentra regulado en el artículo 382 bis del Código Penal: «1. El conductor de un vehículo a motor o de un ciclomotor que,
Quéhacer en caso de accidente. - Conservar la calma: teniendo en cuenta la situación y grado del siniestro, se aconseja tomarse unos segundos para tranquilizarse. - Comprobar que no haya
Sinembargo, si no tienes cobertura en el lugar del accidente deberás desplazarte a buscarla. Esto te obligará a separarte de tu compañero: déjalo abrigado y con alimento y agua. Mantén la calma, separarte de tu compañero es un momento duro para todos.
Sinembargo, el dato más importante de todos es la matrícula, porque incluso si no se dispone de ningún otro, “podremos, a través del Fichero de Información de Vehículos Asegurados (FIVA), conocer la información relativa a la entidad aseguradora que cubre los daños y perjuicios de ese accidente, para poder saber a quién acudir para I Origen histórico del delito de fuga. 1. Origen histórico del delito de fuga o abandono del lugar del accidente. El denominado delito de fuga o abandono del lugar del accidente tiene una marcada solera en el derecho penal de la seguridad vial.. A nivel administrativo hallamos una inicial referencia en el Código de Circulación de 1934, que . 10 178 268 207 394 8 496 345

abandonar el lugar del accidente sin facilitar datos